Legal
Siguiendo los más altos estándares dentro de la industria, nuestros empleados adhieren a un Código Ético y Normas de Conducta Profesional desarrollado por el departamento de Cumplimiento. Dicho código establece la conducta a seguir con respecto a nuestros clientes y el resto de la comunidad financiera. Está basado en normativa y códigos reconocidos a nivel internacional.
Ver Código Ético y Normas de Conducta Profesional INSCRIPCIÓN BCU PROCESO DE DENUNCIAS Y RECLAMOS FORMULARIO DE DENUNCIAS Y RECLAMOS
Ley de Transparencia Fiscal. Prevención y Control de Lavado de Activos y Financiamiento del terrorismo. (Ley Nº19484 Decreto Nº77/017)
Los Bancos e Intermediario de Valores están en la obligación de recolectar y reportar cierta información sobre la residencia fiscal del o de los titulares de una cuenta y en algunos casos del o de los beneficiarios finales de las mismas a la DGI (Dirección General Impositiva), así como informar saldos, promedios y otras rentas, si se cumplen determinados requisitos.
A su vez, en el caso de no residentes fiscales en Uruguay, la DGI podrá intercambiar todo o parte de la información con las autoridades competentes del país o de los países en los que sea residente fiscal, en caso de que exista un Acuerdo de Intercambio de Información en Materia Tributaria entre Uruguay y dicha o dichas jurisdicciones.
En este marco y de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 del Decreto Nº 77/017, es nuestra obligación poner en su conocimiento que los datos antes mencionados, podrán estar sujetos a la obligación de información a la que refiere la normativa antes mencionada.